Peatonalización
        ASÍ NO

 
Publicado el Miércoles, 08 de febrero de 2006

Denegación de medidas en contencioso

 

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MEDIDAS CAUTELARES 

El juez no ha estimado necesario que se adopten las medidas cautelares solicitadas.
 
Se trata de una pieza aparte de la demanda contenciosa, donde solo se decide la paralización de las obras hasta la resolución del juicio

Con esto,no se da ni se quita la razón a ninguna de las partes, ya que esto se decidirá en la sentencia. Es decir, que no se da la razón al Ayuntamiento en cuanto a la legalidad de su proceder, ni quiere decir que la actuación Municipal esté respaldada por la Ley, como interesadamente se ha podido decir.



Las medidas cautelares, que los jueces suelen ser muy reacios a aplicar, tratan de impedir, fundamentalmente, que las acciones  no sean irreversibles o los daños y consecuencias irreparables.
 
El Sr. juez ha entendido, que esto no se produce y que decida lo que decida mas adelante en el juicio, lo que ahora se esta haciendo se podrá rectificar.

Los argumentos empleados para justificar la decisión, a veces nos pueden parecer ciertamente rebuscados, como si vinieran a justificar una respuesta ya decidida, y para un profano algo encontrados con el sentido común, pero esto es lo que hay, y no prejuzgan ni anticipan la sentencia.

Algunos de los razonamientos jurídicos, que ya se han publicado en la prensa son los siguientes:
  • Distingue entre peatonalización y sustitución de pavimentos, que "son actuaciones distintas" y "competencias municipales diferentes". Cambiar el suelo "es una medida complementaria o preparatoria", porque "se pueden cerrar calles al tráfico sin cambiar el pavimento y éste se puede sustituir manteniendo la circulación de vehículos".
  • Aún no hay peatonalización: La peatonalización "ocurrirá cuando, una vez terminada la obra, se prohíba a los vehículos el paso por las calles que nos ocupan".
  • Obra no es irreversible: Si hay una sentencia contra la peatonalización, se podría restablecer el tráfico "con un simple cambio de señalización".
  • Las posibles contradicciones entre la peatonalización y el Plan Especial de Ordenación y Protección del Casco Histórico (PEOPCH) "no pueden ser enjuiciadas" ahora.
  • Aunque la peatonalización "no se ha traducido hasta la fecha en ninguna actuación material", aún "no aparece formalmente decidida". "No hay constancia de que ningún órgano del Ayuntamiento" haya ordenado "cerrar al tráfico las calles".

Lo anterior choca con la evidencia de los hechos y las continuas manifestaciones, en prensa y radio, por parte del equipo de gobierno del Ayuntamiento, y chirría con el mero titulo del proyecto y del contrato: "Sustitución de pavimentos para peatonalización de calles..."

Es evidente que la obra no se hace simplemente para reponer el pavimento de las calles sino para peatonalizar.
 

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