Alegaciones de Centro Comercial Abierto y Asociacion de Vecinos "El Barrio" al Proyecto de Ordenanza Municipal de Trafico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial de Cartagena
Con fecha 3 de mayo de 2006 se publicó en el BORM el anuncio de aprobación inicial de la Ordenanza Municipal de Trafico, Circulación de vehículos a motor y seguridad vial de Cartagena, "supuestamente" (así lo explicita en el texto) solo trata de adaptar la antigua ordenanza de circulación al Reglamento General de Circulación en vigor en el Estado.
Aparentemente y aunque la ordenanza municipal última se publicó el 16-2-2004 (con posterioridad al Real Decreto del 2003), todo parecía apuntar a que esta aprobación se limitaría a ciertos retoques técnicos de adaptación que, como lo expresa en la exposición de motivos, debería tener como fines "la seguridad y fluidez en la circulación sin descuidar el estacionamiento".
(si la ordenanza ya se reformó ¿para qué se reforma ahora?)
Para conceder interesadamente y "sin que nadie se de cuenta"unas facultades extraordinarias a la alcaldesa para peatonalizar y restringir el trafico, como y cuando quiera Todo en detrimento de la participación ciudadana.
Pero la sorpresa surge, cuando lejos de este objetivo finalista, lo que se evidencia y persigue , es servir a unos intereses distintos. Bajo la apariencia de un texto que ,debería desenvolverse en el ámbito de la seguridad vial, lo que intenta es otorgar mayores poderes a la Alcaldesa en detrimento de la participación ciudadana y de las competencias del Pleno Municipal, para regular situaciones en otros ámbitos, mas allá del trafico y seguridad intentando , mediante una simple ordenanza de trafico, el ordenamiento urbanístico de la ciudad y la estructura de su trama urbana.
Si se lee la exposicion de motivos de la ordenanza y el objeto de la misma , se puede comprobar que existen otro aspectos , que no siendo ni motivo ni objeto se repiten sistematicamente ("se faculta a la Alcaldia"/ "zonas peatonalizadas")
La simple lectura de algunos de los artículos (que a continuación se reproducen) del citado texto ,que se pretende aprobar, dejan claro cual es la intención final de este documento, que enmascara una decidida acción para justificar entre otras una peatonalización ilegal, dejando a la simple y única voluntad de la Alcaldesa la organización y diseño de la ciudad.
Artículo nº 9.- INTERPRETACION DE LA ORDENANZA
Se faculta expresamente ala la Alcaldía-Presidencia u órgano que actué por delegación expresa del mismo en esta materia, para interpretar, aclarar, desarrollar y ejecutar las prescripciones de esta Ordenanza, así como para suplir, transitoriamente, por razones de urgencia y hasta que exista pronunciamiento en la primera sesión que celebre a continuación el Pleno del Ayuntamiento, los vacíos normativos que pudieran existir en la misma.
Artículo nº 22.- Como norma general se prohíbe el acceso al casco urbano de la ciudad y consecuentemente el estacionamiento de vehículos cuyo masa máxima autorizada sea superior a 12.5 Tm.
Artículo nº 49.- La Administración municipal podrá establecer la prohibición total o parcial de la circulación y estacionamiento de vehículos, con el fin de reservar todas o alguna de las vías públicas comprendidas dentro de la citada zona al tráfico de peatones.
Estas zonas se denominarán zonas peatonales y se determinarán mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia.
Artículo nº 51.- La Alcaldía Presidencia determinará, mediante Decreto, en su caso, los horarios y calendarios de cada zona peatonal.
Artículo nº 53.- La competencia para la declaración de zonas peatonales corresponderá en todo caso a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, que podrá en cualquier momento ampliarlas o modificarlas.
Resultan extrañamente coincidentes las polémicas obras de peatonalización que el Ayuntamiento está llevando a cabo en el Casco de la ciudad, y la aprobación inicial de la Ordenanza de Circulación. En ésta, de una manera reiterativa hasta el absurdo, se hace hincapié en que las zonas peatonales serán declaradas como tales mediante Decreto de la Alcaldía (v.g. artículos 49 y 53), llegando a establecer, incluso, la disponibilidad de la Alcalde-Presidente para poder ampliarlas y modificarlas en cualquier momento, por Decreto
Lo anterior queda todavía mas de manifiesto, cuando en el mismo pleno, al aprobar la "Modificaciones a la ordenanza municipal del servicio de regulación y control del estacionamiento en la vía pública de la ciudad de Cartagena , suprime expresamente del listado de calles para estacionar la calle del Carmen (cerrando asi, el circulo de algo ya decidido)
Se pretende hacer converger el final de las obras con la aprobación de la ordenanza, las preguntas son: ¿SI NO EXISTIA BASE LEGAL PARA PEATIONALIZAR?¿ PORQUE SE HACEN LAS OBRAS?¿ SE PRETENDE CON ESTA ORDENANZA TAPAR EL VACIO LEGAL DE UNA ACTUACION IMPROCEDENTE? Todo porque no existe, y así lo han reconocido, Acuerdo para el cierre de trafico
Con esta forma de actuar, se produce una vulneración del deber de lealtad mutua entre administrados y administración, negando el derecho de participación ciudadana, generando una inseguridad jurídica grave.
Nadie podrá saber cual será la próxima ocurrencia ¿Cómo se arriesgara una persona a vivir, establecerse o a montar un negocio, pensando en las posibilidades de una calle de circulación rodada , o que requiera ciertos requisitos de carga y descarga ,si nadie le puede garantizar que mañana, por la simple voluntad de la Alcaldesa, puede hacerse peatonal
Se corre el riesgo, si se aprueba esta ordenanza, de quedar a merced, (sin consulta, ni informe previo y sin aprobación, ni siquiera ,por el Pleno Municipal) de cualquier decisión , capricho u ocurrencia de la Alcaldía, que podrá hacer, y deshacer a su único criterio,y lo que es mas grave , justificar con retroactividad, acciones sin cobertura ya en marcha.
Con este modus operandi, se estarían vulnerando los principios fundamentales que deben de regir toda relación entre la Administración y los administrados; los de transparencia y de participación, y los de confianza legítima y lealtad mutua.
"El desarrollo y plena realización del sistema democrático requiere el diseño de procedimientos adecuados para canalizar los planteamientos e inquietudes ciudadanas a las instancias de decisión y de poder
La vigorización y democratización de la vida municipal pasa inexcusablemente por reconocer por parte del Ayuntamiento la importancia de la participación ciudadana tanto a través de las entidades asociativas representativas como de los propios vecinos".(REGLAMENTO DE PARTICIPACION CIUDADANA)
En resumen, y como podemos comprobar, con esta Ordenanza, que refleja la manera de actuar de la Alcaldesa y su equipo de gobierno ,se pretende solapadamente justificar y sustituir,la falta de Acuerdo Municipal para peatonalizar y cerrar al trafico la calles, Carmen, Jabonerias, Canales , Horno y Niño
Por otra parte restringir ,de la forma tan genérica como se plantea, el tráfico a determinadas vehículos de 12,5 MMA( no demasiado grandes) , y de uso habitual e imprescindible en obras y reparto, en el ámbito de lo que denomina la ordenanza "casco urbano" ,supone una medida restrictiva que no se justifica .
Lejos de ser una medida de fomento y mejora, puede suponer una disminución de la funcionalidad del Casco y un inconveniente, para su actividad ,discriminándolo negativamente con respecto al resto de la ciudad, manifestándose como un obstáculo en su recuperación y desarrollo ,evidenciando la ordenanza una falta de oportunidad cuanto menos llamativa.
En la situación actual del Casco, todo lleno de solares ,esta medida será , por esa falta de oportunidad, una barrera mas para su recuperación
Por tanto, Después de leer detenidamente los artículos anteriores, se puede sacar la siguiente conclusión:
"Se deja total libertad a La Alcaldesa para , con su único criterio, decidir cuando y como realizar cualquier actuaciones este sentido, sin ningún tipo de requisito previo". Por lo que hemos realizado una serie de alegaciones basadas en:
- Vulneración de lo establecido en el artículo 105 de la Constitución
- Vulneración de los principios de transparencia y de participación (artículo 3.5 de la Ley 30/1992, LRJAP y PAC).
- Vulneración de los Principios de Legalidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
- Vulneración de los Principios de Confianza Legítima y Lealtad Mutua que deben presidir toda relación Administrados-administración.
- Vulneración de lo establecido en el artículo 4 del reglamento de participación ciudadana.
Referencias
URL para referenciasComentarios recibidos
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Cuanto mas tiempo este en el "poder", mas se creera que la Ciudad es solo suya, y que puede hacer lo que quiera sin contar con nadie
Enviado por Martin el 06 de junio de 2006
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Otra ALCALDADA mas de la que se cree dueña del cortijo
Enviado por Jacinto el 07 de junio de 2006
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Un Camion de basura pesa el doble de lo que pretenden prohibir.Otra vez estan engañando con lo del trafico para ocultar todo lo que hacen mal y caro
Enviado por Jacinto el 15 de junio de 2006
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MAS PODER PARA HACER LO QUE LE DE LA GANA SIN CONSULTAR NI CONTAR CON NADIE.MENOS FUNCINALIDAD , COMO DECIS PARA EL CASCO. ALGUN CENTRO COMERCIAL NUEVO SALDRA GANANDO. EL CASCO PERDIENDO.
¿POR QUE NO HACER LAS COSAS CON MAS DEMOCRACIA Y MAS PARTICIPACION?¿TAN MALOS SON LOS DEMAS PARA IMPEDIR QUE NI SIQUERA PUEDAN OPINAR?Enviado por Rafael el 18 de junio de 2006
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Menos ordenanzas y que se pasen por la calle Perniño algun dia para ver si es de recibo el tiempo y las obras.
De todas maneras son capaces de cortar el trafico en cincuenta puntos ala vez colapsandolo todo. No hace falta una Ordenanza nueva, HACE FALTA SENTIDO COMUNEnviado por Alicia el 22 de junio de 2006
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Hoy dia 23 ,con la obra acabada , han corta la calle del Carmen con unas jardineras¿Donde estan los accesos garantizados a los vecinos?. No pueden pasa ambulancias ni camiones de la basura ni bomberos etc...
Habra sido decision unanime de la Sra AlcaldesaEnviado por Antonio el 23 de junio de 2006
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En el periodico salio que no se van aestimar ninguna alegacio.Que lo de la participacion ciudadana es una broma que se han creido los ilusos, que para lucir queda bien pero para aplcarla es un inconveniente
Enviado por Martin el 26 de junio de 2006
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Parece ser que ya han acordado la aprobacion definitiva, sin hacer caso a a ninguna alegacion, ni han respetado el plazo de exposicion publica.Tienen prisa y mucha arrogancia , agotando un modelo de gobierno que se asemeja cada vez mas a una oligocracia bananera
Enviado por Martin el 06 de julio de 2006
